Al oído del Gobierno Nacional – prolongación de la cuarentena Por: Fernando Villegas Monsalvo

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El día de ayer (día en que se escribió la columna Martes 21 de Abril) el Gobierno Nacional en cabeza de Iván Duque decidió ampliar la medida de aislamiento hasta el 11 de mayo de 2020, medida que se veía venir desde el inicio de la Pandemia, la ciudadanía de muchas ciudades, pueblos y corregimientos no han querido cumplir al pie de la letra las restricciones impuestas desde la administración central, y repicada en cada uno de los Departamentos y Municipios lo que ha conllevado, y muy a pesar de que la cifra de contagios es relativamente baja comparada con otros países, a que la enfermedad se propague en todos los estratos sociales.

La administración ha venido tomando decisiones importantes, para que la economía del país no colapse, entre esas medidas tenemos el inicio de labores de dos sectores productivos a partir del 27 de abril, estos dos sectores le imprimen mucha movilidad y aportan grandes recursos al sistema, estos dos sectores son la construcción y la industria manufacturera con todas sus cadenas, estos sectores aportan casi 4 millones de empleos en el país, lo que significa el beneficio de un gran número de familias que derivan su sustento de estos sectores, recordemos que el sector primario de la economía no había sido golpeado pues este contaba como excepción desde el inicio de la cuarentena.

Sobre las medidas tomadas por el Gobierno Nacional nos referiremos a 3 de estas, que a mí juicio son de las que más golpean los bolsillos de los colombianos, así: 1) Arriendos, 2) Incentivos a sectores que permanecen cerrados, y 3) Levantamiento progresivo del aislamiento.

  1. ARRIENDOS:

Sobre los arriendos el gobierno emitió el Decreto 579 de 2020, y si bien este Decreto es bien intencionado deja las decisiones a la arbitrariedad de las partes, ya que la decisión final de renegociar los términos contractuales depende exclusivamente de estas, de no mediar acuerdo los contratos se renovarán automáticamente en las mismas condiciones, lo único que queda congelado es el aumento del valor del canon de arrendamiento.

El Decreto deja muchos cabos sueltos, y desde la perspectiva que expresó el Ministro de Vivienda Jonatán Malangón en entrevista al canal RCN, deja el sinsabor de que en ese Ministerio no conocen el Sector Inmobiliario, pues partir de la premisa de que este tipo de contratos es realizado entre iguales es desconocer la realidad económica de cada una de las partes que integran la ecuación contractual, y de la forma en estos bienes son puestos en el mercado del país, primero porque quien arrienda no tiene los recursos suficientes, ni acceso a los programas del gobierno para adquirir vivienda propia; segundo, porque los propietarios de bienes para arrendar, tienen una mejor posición económica frente al arrendatario, y en casi un 85% son realizados por intermedio de Agencias Inmobiliarias, y muy pocos lo hacen directamente lo que de por sí pone en desventaja al arrendatario, ya que estas agencias cuentan con departamentos jurídicos especializados en sus nóminas, mientras al arrendatario en caso de no mediar acuerdo, le tocará contratar a un abogado lo que le incrementará el costo asociado al arrendamiento; y tercero, de no mediar acuerdo entre las partes, nace un problema jurídico que debe ser resuelto por la Jurisdicción Ordinaria de la Rama Judicial, y esta especialidad se encuentra cerrada en estos momentos, y con suspensión de términos judiciales, con lo que el arrendatario queda desprotegido para hacer valer sus derechos frente al arrendador.

En el caso de que un arrendatario no pague durante la cuarentena, enfrentará eso si un proceso judicial apenas reabran la justicia regido por la Ley 820 de 2003, la cual es ampliamente favorecedora de los derechos de los arrendadores, a quienes basta con presentar la demanda de restitución y cobro con la sola afirmación del incumplimiento del arrendatario, y es a este último a quien le corresponde demostrar que si ha cumplido, pero hasta tanto no cancele lo adeudado no será oído en juicio, poniendo nuevamente la relación en niveles de desigualdad.

Las medidas sobre los arriendos se han quedado cortas, pues la prórroga automática desconoce también muchas realidades más complejas, hay ciudades universitarias en nuestro país como Bucaramanga, Barranquilla, Medellín, Bogotá entre otras, donde el grueso del negocio de arriendos se mueve con las necesidades de estudiantes foráneos, y a quienes sus padres realizan grandes esfuerzos, para alquilar apartamentos para que estos estén tranquilos, estos contrato al ser prorrogados automáticamente, desconocen que las clases presenciales de muchas universidades en este año no se sabe si van a continuar o no, lo que pone nuevamente la balanza a favor del arrendador, ante esta incertidumbre el Gobierno Nacional debe complementar este paquete de medidas, y habilitar a las Cámaras de Comercio para que en un proceso expreso se decidan, mientras la Rama Judicial reabre, las controversias surgidas de estas relaciones negóciales, y no esperar a que una vez cesen las medidas especiales por la emergencia, para atiborrar a la ya paquidérmica y demorada Rama Judicial Colombiana con todos estos procesos.

La medida de prórroga automática vulnera los principios de buena fe contractual, y las concernientes a las formas de terminación anormal de los contratos, establecida en el Código Civil, Código del Comercio y la Ley 820 precitada; mientras no hay certeza de la continuidad de las clases Universitarias, los contratos de arrendamiento cuyo fin es suplir esta necesidad, deben ser suspendidos por Ley, para evitar un mayor perjuicio a los arrendatarios que han venido cumpliendo.

  1. APOYO A SECTORES QUE PERMANECERÁ CERRADOS:

En columna anterior, manifestamos nuestra preocupación hacia el sector independiente de la población, el gobierno ha anunciado una serie de beneficios y ayudas, pero para mi insuficientes por el complicado sistema Bancario y Financiero de nuestro país, que demostrado está que solamente le prestan dinero a quien no lo necesita, o por lo menos demuestre no necesitarlo en los documentos que piden como soporte los bancos.

Me refiero a los comerciantes, profesionales independientes, y abogados en general, que hoy seguirán en aislamiento y sin la oportunidad de generar su sustento, para pagar a sus empleados y para autosubsistir, el Gobierno Nacional debe incluir en las normas de alivio económico, que los préstamos especiales durante este periodo deben tener condiciones y modalidades diferentes, no puede un independiente o comerciante someterse al escrutinio de un mes y hasta dos de un crédito normal que puede tardar el trámite, recuerden que estamos en circunstancias anormales, y por ende la banca debe flexibilizarse, máxime cuando el mismo Gobierno está garantizando el 90% de los recursos que podría alivianar la situación de este tipo de personas.

En especial se debe tener en cuenta que los reportes negativos ante centrales de riesgo, no deben ser tenidos en cuenta para esta modalidad extraordinaria de créditos, sino verificar el cumplimiento del respaldo mediante la garantía del FNG o cualquier otra que autorice el Gobierno, o en su defecto como hemos dicho en otrora, autorizar el pago de impuestos a estos sujetos por cuotas, es el caso especial del IVA que deben declarar y pagar estos sectores, no es lo mismo endeudarse para seguir trabajando, que disponer de los recursos líquidos que se tienen en los bancos para destinarlos a pagar todas las obligaciones; y de la misma manera reglamentar que la carga de un crédito pre-existente, no sea motivo para el rechazo de los nuevos créditos extraordinarios, ya es hora que la Banca se ponga la mano en el corazón y se ponga a la altura de la situación.

  1. LEVANTAMIENTO PROGRESIVO DEL AISLAMIENTO.

Como medida de salud física y mental, el Gobierno diseñó un paquete de medidas para que las personas puedan ejercitarse, y evitar que la población por el confinamiento y sedentarismo genere problemas mayores a la salud pública de los Colombianos, medida que aplaudo pero que nuevamente debe ser más específica, pues al no ir acompañada de otra serie de restricciones como el pico y cédula, podría aumentar los casos de contagio en el país, sería bueno que este se implementara con el uso de sólo dos números de cédula por jornada, unos por la mañana y otros por la tarde algo que ayude a que salgan menos persona al mismo tiempo, algo así como: cédulas terminadas en 1 – 2 lunes de 5 a 8 am, cédulas terminadas en 3 – 4 lunes de 5 – 8 pm, cédulas terminadas en 5 – 6 martes de 5 a 8 am y así sucesivamente, para que las personas puedan salir a ejercitarse por lo menos dos veces por semana.

COLOFÓN: Finalmente felicitar a todos los mandatarios por la manera en que han solventado la situación, este tema es nuevo y nadie estaba preparado para enfrentarlo, se ha aprendido sobre la marcha, y recomendarles realizar tamizaje general a la población, para evitar un brote incontrolable del virus.

De la misma manera, se deben exonerar de impuestos a todos los elementos de protección contra el COVID19, y que sean descontables de las declaraciones de impuestos, para que todos los comercios, oficinas y establecimientos puedan comprar sus cámaras de descontaminación, y demás elementos que permitan la tranquilidad en la reapertura, pero sobre todo cumplir con todas las normas de bioseguridad que ha emitido el Gobierno Nacional.

 

 

 

 


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