La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Yohana Caviedes Pabón, por irregularidades en su escogencia como personera municipal para la época de los hechos y por haber permanecido cinco meses más en el cargo, exactamente hasta el 24 de abril de 2023, luego de haber sido separada del mismo, considerándose como un posible desacato a la decisión del Consejo de Estado.
Al declararse la nulidad del acto de elección de la entonces personera, carecía de sustento su permanencia en el cargo. En el año 2021 dos demandas de nulidad electoral fueron interpuestas ante el Tribunal Administrativo del Cesar, el cual decidió admitirlas y otorgar la medida cautelar de suspensión del acto de elección de la personera del municipio de Aguachica, Cesar, Johana Caviedes Pabón.
En ponencia de Doris Pinzón Amado, se decretó la suspensión del acto de elección de la personera, dentro de la demanda presentada por Octavio José Guerra Hinojosa.
En tal sentido, se dispuso “Decrétese la suspensión provisional del acto administrativo contenido en el Acta de Sesión no presencial no. 087 de fecha 13 de noviembre de 2020, por medio del cual, el Concejo Municipal de Aguachica designó a Johana Caviedes, como Personera de ese municipio; por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, se lee en el fallo.
El otro proceso, cuyo demandante es Fredy José Martínez Jiménez, el magistrado Óscar Iván Castañeda Daza, profirió una decisión similar que ordena la suspensión provisional de la funcionaria en sus funciones, decisión que no fue acatada por la funcionaria.