Consejo de Estado ratifica la elección de los diputados de la Guajira

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La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia del 30 de enero de 2025, negó la nulidad de la elección de los diputados de la Asamblea Departamental de La Guajira, por no encontrar acreditadas las diferencias en la votación consignada en los formularios E-14 y E-24, entre los candidatos 55 y 60 del Partido de la U.

La alta corporación advirtió que, de los 34 registros en los que, según el demandante, se presentaron las irregularidades en la votación, se constató que en 8 no hubo ninguna diferencia entre los dos candidatos; en 25 las diferencias encontradas se justificaron por recuento de la Comisión Escrutadora Municipal, y solo en 1 no hubo justificación para la variación de los votos.

Concluyó que, aunque se presentó la inconsistencia, no tuvo la incidencia en la asignación de las curules del Partido de la U, porque el candidato 55 solo perdió 2 votos, de manera que continuó con 22 sufragios por encima del candidato 60, que siguió en orden de votación.


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