La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de La Guajira, Hernando David Deluque Freyle por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
La Corte le impuso una pena de 9 años y 7 meses de prisión; una multa correspondiente a 2.364 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 10 años.
Asimismo, el Alto Tribunal condenó a dos personas que asumieron en encargo la gobernación del departamento: Alejandro Magno Builes Suárez condenado por contrato sin cumplimiento de requisitos legales a una pena de 8 años y 3 meses de prisión; multa correspondiente a 131 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 8 años y 7 meses.
Raúl Nicolás Fragozo Daza a quien se impuso una pena de 8 años y 3 meses de prisión; multa correspondiente a 131 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 8 años y 7 meses.
El caso está relacionado con irregularidades en varios contratos de mantenimiento de vías, construcción de pavimentos, canalización de un arroyo en el municipio de Albania, entre otros. “Se detectaron en esos contratos vulneraciones a los principios de transparencia y planeación evidenciados por ejemplo en la construcción de alcantarillado en una zona de baldíos en donde no era necesario, poco tiempo establecido entre la fijación de los términos de referencia y la suscripción del contrato, lo que trajo consigo la suspensión de una obra, entre otros hallazgos”, indicó la ponencia del magistrado, Jorge Emilio Caldas Vera. Cabe resaltar que la Sala concedió a los exgobernadores la prisión domiciliaria.