Mediante Resolución No 8629 del 17 de octubre de 2024, la Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo, declaró insubsistente a la Subdirectora Seccional de la Fiscalía en el Atlántico, Jackeline Reina Senior.
Jackeline Reina Senior, al ser declarada insubsistente se podría intuir que al ser supuestamente ficha política del senador Efraín Cepeda, esto podría haber provocado su declaratoria de insubsistencia, pero esta tesis se saldría de toda duda razonable, porque lo más sensato era solicitarle el cargo mediante su renuncia al ser un cargo de libre nombramiento y remoción siendo éste potestad de la Fiscal prescindir del mismo cuando así bien lo estime.
Además confronta un proceso penal por los presuntos delitos de fraude procesal, falsas denuncias, falso testimonio, entre otros, ante la Fiscalía 51 de la Unidad de Patrimonio Económico, doctora Silvana Mendoza Bula, bajo el Número Único de Noticia Criminal (NUNC) 080016001257202253617, la cual en comunicación oficial señaló que la investigación culminó y se está en el proceso de evaluación para decisión.
Es importante señalar que mediante escrito a la Fiscal General de la Nación, Jackeline Reina Senior tiene dos salidas jurídicas a la decisión, una es archivar la investigación por falta de pruebas que demuestren la culpabilidad y la segunda que con las pruebas aportadas y los testimonios escuchados en interrogatorio y no haber podido probar con evidencias y pruebas pertinentes las denuncias y hechos afirmados por la señora en un proceso penal, lo que instruyó el presunto delito de falso testimonio y falsa denuncia, conllevando de igual manera al presunto delito de fraude procesal, que en tales circunstancias tendría la Fiscal 51 de la Unidad de Patrimonio Económico, que solicitar ante un Juez de Control de Garantías la solicitud de imputación de cargos.
Para la Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo, es inadmisible que una funcionaria esté inmersa en actuaciones penales y lo más grave es que sea por los presuntos delitos de Falso Testimonio, Falsa denuncia, fraude procesal, y otros, cuando los funcionarios de la Rama Judicial deben dar ejemplo en la administración de Justicia y no usar el poder de la justicia para atentar contra los derechos humanos, uno de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y en la Carta Interamericana de los Derechos Humanos, como es la “libertad”.