En las últimas horas la Unidad para las Víctimas dio inicio al proceso de indemnización de más de seis mil familiares y víctimas directas del genocidio contra los miembros de la Unión Patriótica (UP), en cumplimiento de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 27 de julio de 2022.
La Comisión para la identificación de las Víctimas de la Unión Patriótica (UP), instalada por el presidente Gustavo Petro en octubre de 2023, comenzó su gestión el 16 de abril y verificará durante un año la identidad y parentesco de las víctimas para proceder a la reparación económica.
Se trata de 677 víctimas directas de desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, desplazamiento forzado, amenaza, lesiones, tentativa de homicidio y judicialización infundada.
Son 761 víctimas por violaciones a la integridad personal, garantías judiciales y protección judicial. Asimismo, 5.503 víctimas por graves violaciones de los derechos humanos.
Para las víctimas, este proceso de reparación representa un reconocimiento por lo ocurrido por el exterminio, la persecución y la estigmatización de este movimiento político nacido en 1985. “Fueron 30 años de negación del Estado, ninguna víctima debería ser rechazada, sino que debería ser abrazada y acompañada en su proceso de reparación y justicia”, aseguró Luz Stella Aponte, de la Corporación Reiniciar.
Los recursos para avanzar en la reparación serán dispuestos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y ejecutados por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
“Este momento se constituye como una oportunidad histórica para resarcir a las víctimas y avanzar en la reivindicación de sus procesos de vida. También es un paso para que Colombia se convierta en un país en el que se respeten las diferencias”, manifestó la directora de la Unidad para las Víctimas, Patricia Tobón Yagarí.
En el fallo, además, se responsabilizó al Estado colombiano por las violaciones a los derechos humanos cometidos desde 1984 y por más de 20 años.
Procedimiento de constatación:
Presentación de la solicitud: puede ser a través de la página web de la Comisión https://www.comisionidentificacionup.co/noticia-1/, por correo electrónico o de manera física en la sede de la Comisión.
Aporte de los documentos: las víctimas deben aportar sus documentos que establezcan la identidad y aquellos que demuestren la relación de parentesco con las victimas incluidas en los anexos I, II o III de la Sentencia. No se deben aportar pruebas del hecho violatorio.
Estándar de prueba flexible: serán valorados de manera flexible los documentos aportados, sin que se requiera su autenticación o la formalidad de los mismos.
La Comisión puede decretar pruebas para:
● Completar la documentación que hace parte del proceso y así realizar la constatación de identidad y/o parentesco.
● Verificar la autenticidad de la documentación aportada.
● Subsanar la información suministrada por la víctima, entre otros.
Las solicitudes de constatación de los anexos II y III se trasladan al Estado: el Estado tiene un plazo de 60 días para presentar prueba fehaciente con el fin de excluir víctimas de los anexos II y III.
Pago de la reparación económica: Conforme la Comisión efectúe las constataciones de identidad y/o parentesco comunicará al Estado, a la UARIV, y a las víctimas y/o beneficiarios.
La UARIV deberá hacer efectivas las reparaciones económicas a favor de los solicitantes conforme a los parámetros ordenados por la sentencia de la Corte IDH.