Juez decide este martes si el alcalde de El Copey irá a la cárcel

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En el Juzgado Primero Penal municipal con Funciones de control de Garantías, la audiencia   de medida  de  aseguramiento  en contra   de Francisco Meza Altamar, alcalde  del municipio de El Copey, Antonio María Andrade Zambrano; exrepresentante legal de Sicarcol S.A.S y  Belkis Leonor Jiménez Nieves, exsecretaria de Inclusión Social y Deportes.

Estas personas fueron imputadas por la Fiscalía 12 Seccional Unidad de  Administración Pública, por la presunta  comisión de interés  indebido  en  celebración de  contratos en  concurso  heterogéneo  y  concierto para  delinquir  agravado  en concurso heterogéneo sucesivo   en el año  2020. El  alcalde  en calidad  de  autor  mientras  que Andrade Zambrano y Belkis Leonor Jiménez ,  como  cómplices.

En tal sentido, este martes 13 de junio, el juez decide si envía o no a prisión, al Alcalde, a su exsecretaria de Inclusión Social y Deportes, y  al contratista, en audiencia prevista para hoy a las 9:00 de la mañana.

En la imputación de  cargos  el  ente  acusador,  manifestó   que Francisco  Manuel  Meza Altamar, Alcalde  del municipio,  en representación  del ente  territorial, se interesó en provechó  propio y  ajeno,   en la  suscripción de  14 contratos, adquiriendo  bienes  y  servicios  con personas jurídicas  con las  que tenía    cercanía  afectando en principio de trasparencia  con la  empresas   Sicarcol S.A.S, y  Fundicoop contratos  de obras y  suministros  y prestación de servicio, algunas   de ellas  de  menor  cuantías todo  por valor 4.068 millones pesos y donde  eran representantes  legales Antonio María Andrade Zambrano y su  hermano Javier  Meza  Altamar. En el caso de Belkis Leonor Jiménez, también formaba parte de las empresas mencionadas.

El fiscal solicitó al Juez medida intramural para Francisco Meza Altamar, Alcalde del municipio y para Belkis Leonor Jiménez Nieves, exsecretaria de inclusión social y deportes, mientras que a Antonio María Andrade, domiciliaria y los abogados de la defensa por el contrario no privativa de la libertad o domiciliaria.


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