La Corte Constitucional refutará las objeciones presidenciales al reglamento para la JEP o Jurisdicción Especial para la Paz.
El presidente Duque, como ya lo había manifestado anteriormente con la asesoría del fiscal Néstor Humberto Martínez, refutó por inconvenientes seis de los artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz aprobada por el Congreso.
Las refutaciones fueron rechazadas por la Cámara, y el Senado las envió a la Corte Constitucional al ver que no pudieron dar una respuesta concreta. La Corte constitucional resolvió acoger una perspectiva basada en la aplicación de las matemáticas.
Es por esto que su determinación se apoyó en el artículo 134 de la Constitución, que expresa de la siguiente manera: «Para efectos de conformación de quórum, se tendrá como número de miembros la totalidad de los integrantes de la corporación, con excepción de aquellas curules que no puedan ser reemplazadas».
El artículo 134 también expresa lo siguiente: no podrán ser reemplazados «quienes estén vinculados a procesos penales».
Eso fue, justamente, lo sucedido con la senadora Aída Merlano, quien estaba y está detenida. En resultado, la mayoría absoluta de 93 y no de 94, como lo especificó la mesa directiva del Senado.
Así como manifestaron: es 47, y 47 fue exactamente el número de votos que refutaron las objeciones.
Está muy claro que seis de los magistrados de la Corte Constitucional favorecen esa posición y dos la rechazan. Los dos votos en contra son el de Luis Guillermo Guerrero y Gloria Ortiz, la ahora actual presidenta.
El día miércoles se llevará a cabo la votación formal, y se informará la determinación que esta sección augura. Fuente: Noticias Uno