Desde que comenzamos a escudriñar la causa de la impunidad de Los Intocables, parece acabó la suerte. Estos falsos empresarios promovieron y se enriquecieron con la conducta criminal y genocida del paramilitarismo en la Costa Caribe. Con la compulsa de copia a la Fiscalía de la sentencia contra el Frente Pivijay del Bloque Norte de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla, estos financiadores de delitos de lesa humanidad seguramente correrán la misma suerte de Darío Alberto Laíno Scopetta, alias «Ojitos Azules». Este supuesto empresario fue procesado, condenado y capturado.
Ante la compulsa de copia, el fiscal Francisco Barbosa debe ser tan diligente como cuando inició el proceso contra Nicolás Petro, el hijo del presidente. Así se romperá el manto de impunidad que cubre a estos presuntos criminales.
Identificar a los 40 falsos empresarios
En ese sentido, la sala de justicia transicional le insistió a la Fiscalía que identifique, ubique y ejecute todas las acciones para la investigación y extinción del derecho de dominio de Los 40 intocables. Estos individuos coincidieron en su accionar paramilitar en los roles como empresarios, palmicultores y ganaderos.
Todos esos bienes deben ser destinados para la reparación de las víctimas que sufren el horror del conflicto interno, según leyó el magistrado ponente Gustavo Aurelio Roa Avendaño. Instó a la misma fiscalía resolver las irregularidades cometidas en los procesos contra terceros civiles que siguen sin resolver.
Justicia y Paz pide dinamismo y celiridad a la Fiscalía
El fiscal Francisco Barbosa debe responder frente a la instancia del Tribunal Superior de Barranquilla, Sala de Justicia y Paz:
Se insta a la Fiscalía General de la Nación para que, en virtud de la importancia de esclarecer las tantas denuncias de presuntas irregularidades, ordenadas, cometidas, auspiciadas y determinadas por civiles, cuya situación hoy en día continúan sin esclarecerse, se les imprima de manera contundente dinamismo y celeridad a las gestiones investigativas que esto amerita, honrándose de tal manera los compromisos con la verdad y la justicia, pilares del trámite transicional.
Asimismo, el magistrado dijo que las compulsas no se pueden recurrir:
La acción de compulsar de copias, no es recurrible. No solo por constituir un aspecto colateral sino porque cualquier controversia sobre la viabilidad de iniciar o no la acción a que hubiere lugar, corresponde dirimirla el funcionario competente y no al que, en cumplimiento de su deber legal, se limita simplemente a informarlo.
En forma seguida, citó la sentencia del 6 de abril de 2000 de la Corte Suprema de Justicia para darle sustento jurisprudencial a la decisión.
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Los 40 falsos empresarios y la sentencia
La compulsa de copia para procesar a los 40 falsos empresarios —que promovieron y se enriquecieron con el paramilitarismo— son Los Intocables que se suman a lista de la primera macro sentencia de 2014 de la misma sala. En aquella ocasión, el mismo magistrado también compulsó copia a la Fiscalía para que investigara y llevara a la justicia a los indiciados. Igualmente, solicitó, si es el caso, se iniciara el proceso de extinción de dominio contra 9 determinadores de los crímenes del paramilitarismo. Ellos son Darío Laino Scopetta, los hermanos Matera Lajud (Rafael Antonio y Pascual) y Alfonso Macía Vargas, entre otros. El destino de estos individuos no es —y no debe ser— otra cosa que cárcel y extinción de dominio. ¿Y si son ancianos? Son delitos de lesa humanidad que no son excarcelables.
En efecto, Gustavo Aurelio Roa Avendaño, el magistrado de la Sala de Justicia y Paz —ponente de la sentencia macro contra integrantes del Frente Pivijay del Bloque Norte de las autodefensas— compulsó copia el pasado 23 de agosto a la Fiscalía para que ubique, identifique y ejecute todas las acciones posibles para la extinción de dominio de 40 personas, cuyos bienes e inmuebles tienen presuntos vínculos con las acciones paramilitares. Ellos facilitaron los delitos de lesa humanidad, como homicidio agravado en persona protegida, masacres, desplazamientos forzados y despojos en sus respectivos roles. Especialmente, como ganaderos, palmicultores y empresarios. De hecho, están en la misma situación de Laíno Scopetta y hasta ahora la Fiscalía los ha dejado sano.
La compulsa de copia de la primera macrosentencia
Recordemos que en la primera macrosentencia de 2014 se compulsó copias. Pese a ser parte del plan de prioridad de la Fiscalía, no se movió una paja. No se iniciaron las investigaciones. Y si se iniciaron, quedaron inconclusas. Muy pocos fueron llevados a juicio. La investigación debe definir el papel asumidos por empresarios y agentes del Estado.
En esa sentencia fueron condenados los postulados Salvatore Mancuso Gómez, alias Mono Mancuso; Jorge Iván Laverde Zapata, alias El Iguano; Uber Enrique Banquez Martínez, alias Juancho Dique; Edgar Ignacio Fierro Flórez, alias Don Antonio; José Bernardo Lozada Artuz; José Gregorio Mangones Lugo; Leonardo Enrique Sánchez Barbosa; Sergio Manuel Córdoba Ávila; Miguel Ramón Posada Castillo; Julio Manuel Argumedo García; Hernando de Jesús Fontalvo Sánchez y Oscar José Ospino Pacheco.
Los 40 falsos empresarios y la extinción de dominio
Dentro de la misma sentencia, la Sala Penal de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla compulsó la información hallada para los procesos de extinción de dominio. De igual manera, los hechos que los relacionan con bienes, inmuebles, y actuaciones que facilitaron los delitos cometidos por el Frente Pivijay del Bloque Norte de las autodefensas.
De acuerdo a la lectura de la sentencia hecha por el magistrado Roa Avendaño, los nombres de los señalados por Justicia y Paz por nexos con los paramilitares fueron:
Saul Alfonso Severini Caballero (sentenciado a 33 años), Adolfo Mario Celedón (exalcalde de Salamina), William Orozco, Asaid Mercado, Jorge Salah Donado (sentencia de restitución), Carlos Mercado Scopetta, Robinson Parada, Iván Salah, Pedro Modesto Pertuz, Javier Sánchez, Jaime Pertúz, Moisés Prieto, Jairo Pabón, José Ignacio Caballero, Jorge Orozco Gutiérrez, Luis Carlos Soto Florez. También Segundo Polo Charris, Gersy López López, Juan Carlos Acuña Pérez, Arnulfo Rafael Laverde Carracedo, Rodolfo Carrazcal. Igualmente, Ramón “Moncho” Antonio Prieto Jure (exalcalde de Pivijay y directivo ganadero), Blas Rafael Hernández Domingo, Emil Antonio García Ferreira, Julio Cesar Ramos Marenco, Jairo León Pavón Ternera, Carlos Valencia, Luis Carlos Soto Suarez, Álvaro Ternera, Milcíades Gamarra, Jesús Castro De La Hoz, y Manuel Castro De La Hoz.
Por otra parte, de acuerdo a la JEP, en la sala de Deficiones Jurídicas tienen solicitudes de Javier Alfredo Valle Anaya, Erlin Hernán Ortega Herrera, Alfredo Alberto Barreneche Aarón, Eduardo Enrique Dávila Armenta, Pedro Mary Muvdi Aranguena, Eduar López Tinoco, Luis Rafael Páez Zambrano, Enilse del Rosario López Romero, Wendy Vanessa Alfonso López, Jorge Luis Alfonso López y Félix Manuel Díaz Bobadilla. Esta lista
Otras decisiones
La Sala de Justicia y Paz relaciona varios bienes que deben ser vinculados en procesos de restitución de tierras. Entre estos, están las fincas San Carlos de Pivijay, Paraíso en San Ángel, El Diamante en Tierralta, finca La Pola, Finca Casanueva, La Cumbia en la vía Salamina en Guáimaro, Montebello en la vía Guáimaro en Remolino, y La Sombra de Pivijay.
Dentro del proceso de restitución de tierras, el Tribunal Superior de Cartagena en sentencia de 2017 (ponencia de la magistrada Martha Campo Valero) falló a favor de los reclamantes de tierra contra Jorge Salah Donado. En el proceso se demostró que Salah se apoderó irregularmente de esas tierra en el municipio de Salamina Magdalena. Precisamente, el tribunal determinó restituir el predio de matricula inmobiliaria No 228-3211 denominado Playones de Laura y Castro a 50 reclamantes. (Vea la sentencia pinchando en: Jorge Salah Donado).
Con eso se demuestra que la actuación de los paramilitares al mando de Salvatore Mancuso y Jorge 40 solo buscaba despojar a los campesinos y pequeños ganaderos de sus tierras. Para esto se contó con la complicidad de agentes del Estado y de las fuerzas militares.
El magistrado Roa Avendaño
La segunda sentencia del magistrado Roa Avendaño fue directa al grano. Se busca que se identifiquen, se ubique y se inicien las acciones que conduzcan a la extinción de dominio de los mencionados implicados.
En una conferencia en la Universidad Libre, seccional Barranquilla, el magistrado Roa Avendaño señaló:
“La JEP como el mecanismo legal más cercano a la necesidad actual de Colombia para salir de los más de 50 años de conflicto armado interno en virtud de las medidas judiciales y políticas que se implementarán”.
Se podría colegir que los empresarios cobijados en este listado podrían pedir pista a la JEP, como lo han hecho otros vinculados al proceso de financiación y determinadores del actuar paramilitar. De esta manera se podría acercar a la verdad del conflicto armado colombiano y a los responsables de delitos de lesa humanidad.
¿Se les acabó la suerte a Los Intocables, empresarios que se enriquecieron con el conflicto armado y, especialmente, con los delitos de lesa humanidad? Si la Fiscalía actúa dentro del plan de prioridad establecido, seguramente que en poco tiempo veremos en las cárceles a la mayoría de los sindicados en estas sentencias de Justicia y Paz. Así se rompería con un comportamiento cómplice de los fiscales anteriores, incluyendo a Francisco Barbosa, quien poco ha actuado para procesar a estos falsos empresarios.