Prodeco y Drummond deberán responder a indígenas yukpa en el Cesar

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La Corte Constitucional determinó que la Agencia Nacional de Tierras tiene un año para finalizar el proceso saneamiento y delimitación del territorio yukpa, ordenamiento que de no cumplirse podrían incurrir en faltas disciplinarias.

Los gobernadores del pueblo indígena yukpa le acaban de ganar en la Corte Constitucional una tutela que presentaron por las afectaciones que su comunidad está viviendo por cuenta de las minas de carbón a cielo abierto llamadas Parte de esas minas, alegan ellos, están en su territorio ancestral en el Cesar, y cuestionaron que su operación fuera Calenturitas y La Jagua, que son operadas por Prodeco S.A, y por las minas Pribbenow o la Loma, El Descanso y El Corozo, operadas por Drummond. posible sin que hayan sido consultados. Además, enfatizaron que el concepto del territorio no es solo el titulado, sino todo aquel indispensable para garantizar el pleno ejercicio de sus actividades, más si se tiene en cuenta que son un grupo semi nómada que está en peligro de exterminio físico, según reconoció la propia Corte Constitucional en el pasado.

Con ponencia de la magistrada Paola Meneses, el alto tribunal indicó que las minas sí están dentro del área que reclama desde hace años el pueblo yukpa, que ya ha sido beneficiado con decisiones judiciales anteriores que conminaron a que el proceso se lleve a cabo lo más pronto posible, lo que no ha pasado por culpa de la Agencia Nacional de Tierras, que no ha resuelto la delimitación del territorio.

La Sala dijo que, de todas maneras, si bien la ausencia de reconocimiento de este territorio ancestral hace más complejo el asunto, no puede traducirse en un desconocimiento del derecho a la consulta previa de la comunidad indígena que tiene una vinculación ancestral en la zona, especialmente en la zona que es más cercana a la Serranía del Perijá. La orden, entonces, consiste en que nuevamente la ANT, como ya lo había hecho en 2017, finalice esos procesos de delimitación.

Además, se indicó que hay una vulneración respecto de los sitios religiosos de la comunidad, que son 61 y que están en el área de influencia de los proyectos mineros, y que se trata de zonas que ya no visitan. De esos lugares, 15 están cerca a la mina Calenturitas, uno dentro de la mina La Jagua y otros nueve en su zona de influencia, seis cerca a La Loma, cinco dentro de la mina El Descanso y 11 a su alrededor y 14 alrededor de la mina El Corozo.

“Las faltas que hubieren cometido las autoridades competentes —la ANT, al no haber concluido el proceso de formalización y reconocimiento del territorio yukpa, pese a la orden impuesta en la Sentencia T-713 de 2017; y la Dirección de Consulta Previa, al haber informado que en el territorio no hacía presencia ninguna comunidad indígena, sin haber hecho el estudio in situ y sin observar las directrices planteadas por este tribunal— de ningún modo refutan las razones propuestas en la acción de tutela”, dice el fallo conocido por CAMBIO.

La Corte dijo que no hay una justificación para que el Ministerio del Interior se haya abstenido de efectuar un análisis completo, y con enfoque étnico y diferencial, sobre la presencia del pueblo yukpa en la zona y por eso determinó que, en efecto, ese derecho se violó respecto de las minas mencionadas “por la afectación directa que estas les producen por la limitación del acceso a sus sitios sagrados”.

Igualmente, un informe de la Anla de 2021 indicó a la Corte los riesgos que hay para los ecosistemas de la explotación de carbón, mientras que otro reporte del Instituto Colombiano de Antropología e Historia dice que en el Cesar hay un deterioro ambiental de “inmensas envergaduras, si se tiene en cuenta que solamente el departamento Cesar produce el 64 por ciento del carbón del país”.

A esto se suma que un informe de la EPS indígena Dusakawi Epsi de 2020 se registra que un alto número de niños y niñas Yukpa sufren de desnutrición.

En ese sentido, el Ministerio del Interior y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales tienen un mes para iniciar un proceso de diálogo que busque resarcir los daños producidos, en un proceso en el que deberán asistir los representantes de Prodeco y la Drummond, y los seis gobernadores que tiene el pueblo yukpa.

Por un lado, deberán diseñar protocolos y planes que permitan mitigar la afectación de los proyectos mineros que se encuentran en ejecución sobre el pueblo yukpa en relación con las minas Pribbenow, El Descanso y El Corozo de la empresa Drummond, mientras se encuentren en desarrollo. Y, de otro lado, definirá e implementará proyectos y medidas para resarcir el daño ya causado a la comunidad indígena, los cuales estarán encaminados a garantizar el bienestar del pueblo yukpa y la conservación y robustecimiento de su identidad cultural.

“Más específicamente, procurarán la garantía de la seguridad alimentaria de los niños, niñas y adolescentes de la comunidad. Esto, en relación con las cinco minas, a saber, Pribbenow, El Descanso y El Corozo, de la empresa Drummond, así como Calenturitas y La Jagua, de la empresa Prodeco”, dice el fallo.

Ahora, debido a la grave situación de la infancia yukpa, el Comité de Coordinación deberá incluir en el acuerdo la formulación de un plan de atención integral con apoyo de la Gobernación del Cesar y el ICBF, creando un cronograma que actividades claras y pensando en medidas de “etnorreparación no se circunscribirán únicamente a la entrega de dinero, sino que se trata de definir planes, programas y proyectos que mejoren las condiciones de vida del pueblo yukpa”.

 

 


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