Solo quien tiene los zapatos puestos saben cuánto aprietan-Por: Keila Mejía Robles

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La Constitución Política de Colombia exhibe los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad y publicidad, sobre los cuales se desarrolla la función administrativa; partiendo de esta premisa, la función pública asienta su escenario sobre el interés general de la comunidad; razón de más para delinear la actuación gubernativa sobre la estructura de la objetivad e imparcialidad, con ello todo dignatario territorial procura por la salvaguarda social y el restablecimiento institucional.

Sin embargo y a escasos días de haber iniciado el periodo constitucional para los nuevos representantes legales del ente territorial y las corporaciones político administrativas, se despachan los cuestionamientos, juicios de reproche, señalamientos y hasta las advertencias desafiantes contra las nuevas administraciones locales, que en su mayoría contemplan el cumplimiento de los fines esenciales del estado.

Ahora bien, conjeturar que, en 30 días una administración territorial, vislumbra desdichas y fracasos por cuanto no exhibe el resultado de una gestión, o por situaciones estructurales, es una apreciación precipitada con corte discrepante, pues entre tanto las administraciones municipales y departamentales hoy por hoy soportan su diaria labor con el plan de desarrollo anterior, postulado este por disposición legal, como también manejar recursos financieros, humanos, administrativos, físicos y demás de la administración pública, no es tarea ligera y solo quien la ejecuta sabe el peso de su responsabilidad, así por ejemplo hoy vemos ex gobernantes que gozaron y aun ostentan su andamiaje administrativo no han entregado el informe de gestión del cuatrienio constitucional, siendo estos últimos conocedores ampliamente de la diligencia pública, por ello enjuiciar y hasta comparar el actual y prematuro gobierno no es un juicio equilibrado y razonable.

Por otra parte, y si bien es cierto que las herramientas con las que contamos los colombianos para ejercer el control y garantizar la eficiencia y eficacia en los actos del Estado es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos pueden dar por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde suponiendo así la titularidad del derecho en los representados, no es menos cierto que el derecho se materializa por supuestos facticos y la deslegitimación política y administrativa del mandatario y no por planteamientos personales o percepciones erróneas o disputas de criterios subjetivos, pues bien, en buena hora el legislador legitimó a la comunidad para la defensa y el restablecimiento administrativo, político-social de sus territorios logrando con ello la soberanía y honra del pueblo.

Para los actuales mandatarios esto apenas comienza, algunos municipios tienen un escenario presupuestal sólido, otros por su parte llegaron administrar municipios con un alto incide de iliquidez, no siendo ello óbice para administrar con decoro y razonabilidad; de nuestra parte como administrados ejerzamos vigilancia en la gestión pública con compromiso, objetividad y responsabilidad y a cada mandatario en su máxima expresión que ejecute, racionalice y promueva el progreso social, las acciones y estrategias oportunas sin premura y desespero pero si con la fiel convicción de gestionar y gobernar con un estándar de planeación administrativa para así lograr excelentes resultados que conlleven a satisfacer las necesidades y mejorar la calidad de vida de la comunidad, solo en este contexto logramos armónicamente el desarrollo y crecimiento colectivo fortaleciendo la seguridad y la protección social.

 


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